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КОМЕНТАРІ

  • @asier-vs1md
    @asier-vs1md 27 днів тому

    La brecha en la cabeza tambien existe donde todos los años mueren en torno a 700 hombres en pos del desarrollo y los viajes a canarias para comprarme un bolso en el chiringuito fabricado por un menor sin derechos

  • @Digital_Renaissance81
    @Digital_Renaissance81 29 днів тому

    es para corporativos no empresas Pepsico, GE, Vitro, BMW Group, Nestle Etc etc no hay cotizaciones si no tienes un email de coorporativo

  • @DavidLorenzana
    @DavidLorenzana Місяць тому

    Estamos hasta la polla del lobby gay.

  • @AnneSophieReneeEscobar
    @AnneSophieReneeEscobar 2 місяці тому

    Muchas gracias 🥲

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 2 місяці тому

      Gracias a ti por tu comentario. Lo que necesites.

  •  3 місяці тому

    El gobierno se está cargando el trabajo en un país sin empleo

  • @joseignaciolara5962
    @joseignaciolara5962 4 місяці тому

    Hola. Llevaba 6 mese de baja y me han dado el alta como no me he recuperado y quiero pedir la baja por recaída seguiré cobrando aunque sea baja por recaída?

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 4 місяці тому

      Buenos días, Si en la nueva baja se indica recaída, la prestación por incapacidad temporal, se reanuda. De forma que si, la prestación que tiene actualmente, se le está abonando el 75% de la base reguladora, esta seguirá en el mismo porcentaje.

  • @noeliamartinez7208
    @noeliamartinez7208 4 місяці тому

    Hola, quería hacer una pregunta de un caso: Me di de baja por enfermedad común el día 03/01/2024 con fecha de alta en el mismo parte del dia 05/01/2024. Me seguía encontrando mal pero mi médica de cabeza estaba de vacaciones y a parte el dia 06 y 07 eran sábado y domingo por tanto, mi médica no estaba en el centro y no me podía prorrogar la baja y a parte mire mi cuadrante y libraba esos dos dias por lo que el lunes dia 08/01/2024 acudí a mi médica de cabecera y me volvió a dar la baja por la misma causa en concepto de “recaída” hasta el dia 28/01/2024. En el convenio aparece que si es la primera baja médica del año se cobrará el importe íntegro del salario siempre que la baja médica sea ininterrumpida. Ahora la empresa me dice que la baja médica se ha interrumpido durante esos dos dias ( día 6 y 7) hasta el día 8 que me dieron la recaída y por tanto no me han ingresado el importe íntegro del salario sino lo que correspondería normalmente que en mi empresa sería como si fuera una segunda baja. Ahora bien, mi pregunta es si en este caso como afirman ellos se ha interrumpido o en caso contrario si se consideraría que no se ha interrumpido al no haber transcurrido 180 días naturales desde el alta. Espero su respuesta informativa lo antes posible. Gracias.

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 4 місяці тому

      Hola Noelia, con la información que nos facilita y sin saber el convenio colectivo de aplicación, para poder contestarle con más información al respecto, necesitaríamos obtener dicha información. No obstante, le indicamos que entre la baja inicial y la recaída hay un periodo de alta de dos días, por lo que , efectivamente, esta no es continuada.

  • @fuencislanieto9292
    @fuencislanieto9292 4 місяці тому

    O sea ke no me van a dar la baja sino pasa 180 días, me levantaron el alta a últimos de noviembre por lo ke ellos dicen es esguince 1 grado, dijo ke la había escrito el inss y yo como no sabía nada de esto ni pedí ke me enseñase la carta, ni sabía ke se podía impugnar, trabajo coja y una rodilla hinchada, si voy de tarde me lleva 1 hora y algo más mi trabajo, soy limpieza en una residencia imagínate, como no ha sido accidente laboral allí pasan de todo y me repercute se me va a quedar crónico y por si fuese poco tengo hernias en el cuello, columna desviada, artrosis en la espalda, cervicales mal, voy llena dolores y si esto es humano vaya país

  • @alvarorperez
    @alvarorperez 4 місяці тому

    Ya se puede solicitar que te reconozcan las prácticas de empresa previas a 2024? Llevo 21 meses en totL de prácticas desde 2009😅

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 4 місяці тому

      Hola Álvaro. Según la Disposición adicional 52ª del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social indica lo siguiente: “Las personas a las que hace referencia la presente disposición que, con anterioridad a su fecha de entrada en vigor, se hubieran encontrado en la situación indicada en la misma, podrán suscribir un convenio especial, por una única vez, en el plazo, términos y condiciones que determine el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que les posibilite el cómputo de la cotización por los periodos de formación o realización de prácticas no laborales y académicas realizados antes de esa fecha de entrada en vigor, hasta un máximo de cinco años.” Por lo que deberás subscribir un convenio especial para su cómputo como periodo cotizado. Un saludo!

  • @arinonaco6738
    @arinonaco6738 5 місяців тому

    Si trabajas en RRHH y no sabes que es un CV ciego,.... a ver qué cohones haces en RRHH!

  • @buendia5136
    @buendia5136 5 місяців тому

    Hola buenas tardes tengo una pregunta sí éstoy bde baja médica por enfermedad común y sí carencia es decir no cobró nada sólo estoy dado de alta en la seguridad social sí me incorporo él último día de mes la empresa estaría obligada a pagarme él 75% por superar los 21 dias dé mí sueldo o no porqué los dias qué estube de baja estaba en carencia

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 5 місяців тому

      Buenos días, gracias por su comentario. Adjuntamos la respuesta: El periodo de carencia es aquel que se exige para tener acceso a la prestación, siendo este, a rasgos generales, el siguiente: § Enfermedad común: Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta y tener cubierto un período de cotización de 180 días en los 5 años anteriores. § Accidente sea o no de trabajo, enfermedad profesional, menstruación incapacitante secundaria e interrupción del embarazo: No se exigen cotizaciones previas. § Día primero semana trigésima novena de gestación: · Si es menor de 21 años: no se exigirá período mínimo de cotización. · Si tiene entre 21 y 26 años: 90 días cotizados dentro de los siete años inmediatamente anteriores al momento del inicio del descanso o 180 días cotizados a lo largo de su vida laboral. · Si tiene cumplidos 26 años: 180 días dentro de los siete años inmediatamente anteriores al momento de inicio del descanso o 360 días cotizados a lo largo de su vida laboral Dicho periodo ha de cumplirse en el momento del hecho causante (baja). Si Usted, como indica, no cumple el periodo de carencia en el momento de la baja, no se le abonará prestación de incapacidad temporal. En el momento que Usted, se reincorpore a su puesto de trabajo (obtenga el alta del proceso de incapacidad temporal) la empresa debe abonarle el 100% de su salario, puesto que se debe de reincorporar en las mismas condiciones que tenía anteriores a la baja.

    • @buendia5136
      @buendia5136 5 місяців тому

      @@tugesto_online Pero por ejemplo sí me incorporó ya con él mes casi finalizado los últimos días los días anteriores qué cobraría sería un 75% del sueldo por aver estado en ése periodo dé baja médica laboral del último mes sí por ejemplo me incorporo él 30 y me pagan él día 1 de cada mes me pagarían el 75% del sueldo global por no aver trabajado él mes entero.

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 5 місяців тому

      Buenos días.@@buendia5136 Al tratarse de una consulta un tanto más personalizada, te recomendamos que nos la hagas llegar al siguiente correo con tus dudas e intentaremos resolverlas "comunicacion@tugesto.com" Un saludo!

  • @maicolnavia2270
    @maicolnavia2270 6 місяців тому

    Gracias

  • @dealma2510
    @dealma2510 7 місяців тому

    Amigo, cascada es un modelo no una metodologia

  • @ceciliagonzalez9786
    @ceciliagonzalez9786 7 місяців тому

    Buenos días una pregunta: yo dejé un sobre para un vecino en el casillero y lo radiqué en la Bitácora de correspondencia. Al otro día pasé por el casillero de mi vecino y como él no recogió el sobre, yo le pedí al Portero que lo sacara del casillero y me lo devolviera. Eso es un delito?

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 7 місяців тому

      Con la información que nos facilita, no podemos darle una respuesta precisa a su consulta. En cualquier caso, el responsable de cualquier infracción sería quien materialmente retira la correspondencia, sin perjuicio de las distintas formas de participación que recoge el Código Penal.

  • @camilomorales7130
    @camilomorales7130 7 місяців тому

    el 28% de los candidatos no aparece, PERO CMO EL 90% DE LAS EMPRESAS NUNCA RESPONDE LOS MAIL ellos hacen el ghosting mas que los postulantes

    • @alan6740
      @alan6740 4 місяці тому

      Así es y todavía se hacen las victimas

  • @gusguevara96
    @gusguevara96 7 місяців тому

    Quiero trabajar con globo, como me pongo en conracto con uds?

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 7 місяців тому

      ¡Hola!👋Nosotros nos encargamos del alta para que puedas trabajar como autónomo, pero para trabajar específicamente en Glovo, tendrás que ponerte en contacto con ellos. Aquí tienes nuestros planes: tugesto.com/plan-autonomo/ y en caso de dudas, puedes ponerte en contacto con nosotros por correo o teléfono (info@tugesto.com - 963 111 919) Un saludo.

  • @thealchemist5182
    @thealchemist5182 7 місяців тому

    Falso

  • @sarajaymes1112
    @sarajaymes1112 8 місяців тому

    Mis vecinos me abren las cartas, se quedan con paquetes y hasta han firmado dando mi DNI. La diferencia es que ya he hablado con el presidente de la Comunidad y con el propietario y ambos se niegan a tomar medidas.

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 8 місяців тому

      Hola Sara, por lo que nos cuentas, podrían estar cometiéndose varios delitos, por lo que, si la comunidad y el propietario no toman medidas, deberías interponer la pertinente denuncia ante el Juzgado o las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado. Gracias por ver nuestros vídeos. Un saludo.

  • @emiliojosemunozrodriguez5975
    @emiliojosemunozrodriguez5975 9 місяців тому

    Puedes trabajar con patinete eléctrico???

  • @juanpablolopezcarrera9798
    @juanpablolopezcarrera9798 9 місяців тому

    Y que variables contribuyen a esta brecha

  • @franciscobelen0519
    @franciscobelen0519 9 місяців тому

    En Cuales trabajos ocurre brecha salarial?

    • @tugesto_online
      @tugesto_online 9 місяців тому

      Según los datos del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda, nos hacemos eco de ciertas cifras de brecha salarial: Un total de 27 de las 35 empresas que integran el Ibex afirman pagar hasta un 30% menos a las mujeres que a los hombres. Además, las mujeres que ocupan puestos altos en las compañías del Ibex 35 representan el 19%. Además, encontramos una situación similar en diferentes empresas españolas: ACS, Viscofan y Mediaset pagan un 25% más a los hombres en puestos directivos. El Corte Inglés reconoce una brecha salarial del 8,8% a favor de los hombres. Inditex desequilibra la balanza y ofrece un 0,8% más a las mujeres. En los bancos también existe brecha salarial, así lo reconocen Bankia (15,9%), Bankinter (14,01%), Sabadell (11,95%), BBVA (7,7%) y Santander (7%). Telefónica revela que la brecha salarial asciende hasta el 21,36%

  • @AlbaLuciaTrejosCalderon
    @AlbaLuciaTrejosCalderon 10 місяців тому

    PUEDO TRABAJAR EN GLOVO, SI TENGO OTROS TRABAJOS ,?

  • @bertussss
    @bertussss 10 місяців тому

    La situación es que la brecha mayormente es fruto de elecciones libres

  • @checksumsha1sum632
    @checksumsha1sum632 11 місяців тому

    ¿Por hacer el mismo trabajo, por las mismas horas y en el mismo rango? Páseme sus fuentes por favor que esto me huele a mentira

  • @franciscobelen0519
    @franciscobelen0519 Рік тому

    Cuales trabajos o más bien cuáles empresas o compañías hacen eso? No creo que sea cierto denuncie eso pero primero identifique el problema bien.

  • @makeupestheticmakeupesthet3971

    Buenas tardes, estuve de baja por un problema de espalda durante 1 mes , me reincopore al trabajo y a los 3 meses me dieron la baja por recaida. Mi problema viene cuando antes de la 1 baja estaba a media jornada y en la recaida ya llevaba dos meses a jornada completa y me estan pagando en relacion a la 1 baja, es legal? Por lo que tengo entendido se tiene que tener en cuenta la base de cotizacion del mes anterior a la recaída. Gracias

    • @tugesto_online
      @tugesto_online Рік тому

      Hola, buenos días! Si existe recaída, la prestación será la misma salvo que tras el alta haya habido una nueva base de cotización. Según nos informa Usted, ha estado dos meses trabajando tras el alta, por lo que no debería tomarse para el cálculo de la prestación, la base reguladora inicial. Además, en su caso, nos habla de que la base reguladora inicial está calculada según la normativa para tiempos parciales, y los meses anteriores a la recaída Usted estaba a jornada completa. La forma del cálculo para un supuesto y para otro (t.parcial/t.completo) es diferente, puesto que, para tiempos completos, la base reguladora para la prestación es el resultado de dividir el importe de la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de la baja por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario). En el caso de los trabajadores contratados a tiempo parcial, la base reguladora diaria será el resultado de dividir la suma de las bases de cotización a tiempo parcial acreditadas desde la última alta laboral, con un máximo de 3 meses inmediatamente anteriores al del hecho causante, entre el número de días naturales comprendidos en el periodo. Además, según una Sentencia del Tribunal Supremo de 2 de Octubre de 2003,: “…si nos atenemos a la naturaleza contributiva de esta prestación y a la finalidad de este subsidio, que no es otra que la de suplir con aquella prestación la falta de rentas derivada de una situación de baja laboral, la solución lógica a la situación plantea no puede ser otra que la de entender que la prestación había de estar conectada con la situación más próxima a la de la última baja...”. Esta doctrina se reitera en la STS de 12 de Julio de 2007 (R 5448/2005).

  • @leesauriol5866
    @leesauriol5866 Рік тому

    ✋ "Promo sm"

  • @enriquecruzperez1696
    @enriquecruzperez1696 Рік тому

    GRANDE LAURA SOLER, ES EL REFLEJO Y LA EXPRESIÓN DE LA VIDA MISMA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD. GRANDES PALABRAS HA DEJADO EN ESTA BONITA ENTREVISTA QUE VAN A SERVIR DE MUCHA AYUDA PARA CONCIENCIARNOS QUE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD SE TIENE QUE SEGUIR TRABAJANDO Y DÁNDOLES UNA GRANDE OPORTUNIDAD.

    • @tugesto_online
      @tugesto_online Рік тому

      ¡Muchas gracias por tu comentario! Desde luego, Laura ha ofrecido una lección de vida a través de sus palabras que sirve de gran ayuda a las personas con discapacidad que necesitan mostrar su talento en las diferentes empresas.

  • @vincenzo1930
    @vincenzo1930 Рік тому

    Para los atletas significa aumentar las horas de entrenamiento todos los dias o aumentar la dificultad y la inteasidad ?

    • @tugesto_online
      @tugesto_online Рік тому

      Estimado @Vincenzo1930, en tugesto somos especialistas en soluciones para empresas a través de herramientas para RRHH, nóminas, modelos fiscales, etc. Por lo que respecta a tu pregunta, te aconsejamos que consultes con un especialista en la práctica deportiva. Gracias! que tengas un buen día!

  • @user-vg4ds7gp4o
    @user-vg4ds7gp4o Рік тому

    Buenas, llevo un 1 año de baja por depresión causada por la empresa, de ello me ha llevado a una fibromialgia con los 18 puntos de gatillo y una fatiga cronica reconocido por un reumatologo de la seguridad social, tengo tambien dos principios de hernia, una lumbalgia, una ciatica y una tendinitis de quervain en la mano izquierda. Al año el INSS me cito para pasar reconocimiento y la resolucion fue darme el alta, hice la disconformidad y el inspector puso que debería de seguir de baja ya que no estoy en condiciones minimo hasta que me revise de nuevo la psiquiatra, pues la resolucion del INSS es de nuevo me han dado el alta y debo de reincorporarme a mi trabajo, he solicitado las vacaciones a mi empresa para ir gestionado. Mi cuestion es al no darme la prorroga el INSS he solicitado la recaida, si me la dan seguire cobrando?

    • @tugesto_online
      @tugesto_online Рік тому

      Buenas tardes! Se considerará que existe recaída en un mismo proceso de incapacidad temporal cuando se produzca una nueva baja médica por la misma o similar patología dentro de los 180 días naturales siguientes a la fecha de efectos del alta médica anterior. En su caso, para que se reconozca la Recaída, puesto que según nos indica, ha sufrido un proceso de incapacidad temporal de 365 días duración y el alta médica ha sido emitida el Instituto Nacional de la Seguridad Social (Artículo 170.2 TRLGSS) será dicho Instituto el único competente para emitir una nueva baja médica por la misma o similar patología en los 180 días naturales siguientes. Nos comenta que ha solicitado la recaída al citado Instituto , por lo que en caso de concederla, seguirá percibiendo la prestación en el mismo porcentaje de la base reguladora (75%) hasta alcanzar los 545 días o el alta médica. Un saludo!

  • @barru64
    @barru64 Рік тому

    mentira

  • @oli5058
    @oli5058 Рік тому

    En el convenio sectorial establece q debo tener 6 fines de semanas libres y el convenio de empresa no dice nada. Se me debe aplicar el convenio sectorial en esta materia?

    • @tugesto_online
      @tugesto_online Рік тому

      Hola! Según artículo 84.2 b) del Estatuto de los Trabajadores, la regulación de las condiciones establecidas en un convenio de empresa tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en materia de "horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones.” ¡Esperamos haber resuelto tus dudas!

    • @oli5058
      @oli5058 Рік тому

      ​@@tugesto_online Segun Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. En el capitulo II el apartado c dice: los convenios de empresa deben comportarse como instrumentos de regulación de aquellos aspectos organizativos que no admiten otro nivel de negociación por su propia naturaleza, como los horarios o la adaptación de la clasificación profesional, correspondiendo la negociación colectiva sectorial los aspectos salariales, retribuciones y JORNADA. Y en el convenio sectorial los fines de semana libres viene en el apartado de JORNADA.

    • @tugesto_online
      @tugesto_online Рік тому

      @@oli5058 Buenos días, En nuestra respuesta le hemos aportado lo que indica el Estatuto de los trabajadores en referencia a la consulta. El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo modificó, en su Artículo primero, determinados artículos del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Entre ellos, en su apartado Nueve, modifica el apartado 2 del artículo 84, que queda redactado tal como se le ha aportado a la contestación de su consulta. Lo que Usted nos indica que se expone en el Real Decreto-ley 32/2021, se encuentra dentro del preámbulo, que en derecho, es la parte expositiva o texto introductorio, carente de valor normativo, que antecede, habitualmente al articulado de una norma jurídica. En ella el legislador suele exponer las razones políticas y circunstancias coyunturales que han llevado a la elaboración y sanción de la norma, así como la finalidad que se persigue con la misma. Sin embargo, los preámbulos o exposiciones de motivos de las leyes carecen de valor normativo y no pueden ser objeto de un recurso de inconstitucionalidad. Por lo que, lo regulado al respecto de la consulta, es lo que aparece en la redacción actual del art.84.2 del Estatuto de los trabajadores, tal y como le hemos indicado.

  • @Recetasdeandalucia
    @Recetasdeandalucia Рік тому

    Buenas tardes, estuve de baja por enfermedad común cuatro meses y en enero pedí el alta, ahora la e tenido que coger de nuevo por recaída cuanto cobraría este mes empezaría de nuevo a quitarme el por ciento o seguiría cobrando igual que el último mes que estuve de baja, un saludo

    • @tugesto_online
      @tugesto_online Рік тому

      Por definición, existe baja laboral por recaída, según lo establecido en el artículo 169.2 de la Ley General de la Seguridad Social, cuando en un mismo proceso “se produzca una nueva baja médica por la misma o similar patología dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la fecha de efectos de alta médica anterior, salvo los procesos por bajas médicas por menstruación incapacitante secundaria en los que cada proceso se considerará nuevo sin computar a los efectos del período máximo de duración de la situación de incapacidad temporal, y de su posible prórroga”. Por lo que respecta a las prestaciones, la cuantía y el derecho a seguir cobrando es importante recordar el máximo reconocido para las incapacidades temporales es de un año (365 días). Posteriormente, se puede solicitar una prórroga de 180 días que debe valorar el Instituto Nacional de la Seguridad Social Las cuantías varían en función de los días de baja. Así, para las enfermedades comunes o accidentes que no sean de trabajo, durante los primeros 3 días no se cobra nada. Entre el día 4 y el 20, el trabajador recibe el 60% de la base reguladora. Posteriormente, la cuantía se incrementa hasta el 75%. Como la recaída se considera una continuación de la incapacidad temporal anterior, se suman los días que el trabajador ya había estado de baja. No obstante, es importante señalar que la base reguladora que se toma como referencia es la correspondiente al mes previo. Por tanto, puede que las cantidades difieran con respecto a la primera baja. IMPORTANTE: La respuesta facilitada tiene carácter meramente informativo y no es vinculante para Tugesto.

  • @guaita2
    @guaita2 Рік тому

    ¿sabes lo que significa la brecha salarial? ¿esa brecha supone una injusticia? ¿por que ?

  • @lidia9709
    @lidia9709 Рік тому

    ¿Por hacer el mismo trabajo?

  • @dehx361
    @dehx361 Рік тому

    una pregunta con vosotros solo me llevaríais la gestión de todo?? ósea me refiero a que vosotros me llevaríais el proceso para empezar a trabajar con glovo porque lo estoy haciendo desde su pagina web pero me aparece que esta parado el proceso de seleccion o algo asi

    • @tugesto_online
      @tugesto_online Рік тому

      Hola, muchas gracias por su comentario. Desconocemos si existen vacantes y/o proceso de selección en Glovo. Podemos ofrecerle un plan contable y fiscal, además de tramitarle el alta gratis. Si le parece, puede ponerse en contacto con nosotros en este teléfono y le informaremos: 963 111 919. Saludos,

  • @mariajoseguerreroconde5255

    Soy beneficiaria de asistencia jurídica gratuita y he ganado un juicio y mi abogado me pide que anule mi cuenta bancaria y le firme un justificante para el cobrar las costas. Esto me suena muy raro y me parece una estafa. Qué debo hacer?.

  • @Samantha13418
    @Samantha13418 Рік тому

    Hola si una persona fallece en un choque y la aseguradora del responsable tiene que pagar la indemnizacion al beneficiario cuanto tiempo se tiene para reclamar el seguro en Estados Unidos? Le agradezco mucho la informacion bonito dia

  • @mariasvard1701
    @mariasvard1701 2 роки тому

    Yo acepté un trabajo de niñera con cama adentro y jamás me informaron que me iban a poner una cámara. No me gusta en lo absoluto y no sé qué hacer. Es incómodo y me hace sentir como una criminal.

  • @srwarrior7711
    @srwarrior7711 2 роки тому

    desde 2015 los sabados son inhabiles a todos los efectos

  • @K4Z0_
    @K4Z0_ 2 роки тому

    Me representa

  • @franciscomontes8664
    @franciscomontes8664 2 роки тому

    Yo he demandado al BBVA y se han allanado pero piden la no inpocicion de costas y no me cuela porque hubo mala fe con 3 acuerdos ridiculos para que no fuese a vía judicial

  • @lorenamejia1729
    @lorenamejia1729 2 роки тому

    Tengo un expediente de hace 8 años oí

  • @marinamargaritadominguezdi4828
    @marinamargaritadominguezdi4828 3 роки тому

    Hola buenas noches saben me pasa lo mismo las vecinas me roban mi correspondencia, ya no se que hacer son enjendros del demonio, sobre todo la hija, entre más le pida que no me haga tanto ruido, me hace mucho más ruido a propósito ya no las soporto pero no tengo a dónde irme

  • @sergiothespanishnightmare6727
    @sergiothespanishnightmare6727 3 роки тому

    Yo lo siento, no acepto un trabajo donde sea controlado todo el día por una cámara, además de que eso es ir contra la intimidad de una persona , el otro día mi jefe me insultó viéndome por la cámara y este me llamó por teléfono de la cabina diciendome que era un subnormal, no vales para nada, te va a ir mal en los trabajos, no te quiero ver más (total, iba a cubrir una baja yo y al día siguiente se reincorporaba el que yo había sustituido), tengo 20 años de experiencia, te pasas el día jugando y te pago por trabajar y tienes que mirar cámaras (cosa de la cual es ilegal en mi caso mirarlas), total, ya he aprendido que es lo que no quiero en un trabajo

  • @estebanuribesalgo2258
    @estebanuribesalgo2258 4 роки тому

    Se puede embargar la indemnización por despido improcedente

  • @silviamartin1989
    @silviamartin1989 4 роки тому

    A ver si me aclaro.Yo recibí el 29 de enero de 2020 dos notificaciones de Hacienda,en la cuál tengo que pagar dos multas por nl haber presentado a tiempo la declaración trimestral,o sea lo recibí durante la segunda quincena. Una de las multas ya la pagué. Eso quiere decir que tenía hasta hoy día 5 de febrero para pagar la otra multa o quiere decir que tengo hasta el 5 de marzo para pagarla?

    • @Travelyn
      @Travelyn 2 роки тому

      Hola qie tal. A mi me han multado por lo mismo pero no tengo idea de donde debo ir a pagar dicha multa. Ya que es primera vez que me sucede. A donfe fuiste para pagar la multa?

  • @nicolasmartinez-ov8nw
    @nicolasmartinez-ov8nw 4 роки тому

    Hola, tengo que ir a juicio. Tengo secuestrado un automóvil que esta a mi nombre? si gano el juicio tengo que pagar las costas y costo y en el caso de perder debo pagar? Agradecería su respuesta